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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2018, del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, por la que se otorga la autorización administrativa del "Proyecto de la línea aérea media tensión 25 kV "Enlace Huerta de Vero-Buera", en los términos municipales de Adahuesca, Alquézar y Santa María de Dulcis (Huesca). Expediente de referencia AT-90/2008.

Publicado el 01/03/2019 (Nº 42)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 3 de abril de 2008, Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., (en adelante EDE) con domicilio en la calle Aznar Molina, número 2, de Zaragoza, solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la línea aérea media tensión 25 kV "Enlace Huerta de Vero-Buera", en los términos municipales de Adahuesca, Alquézar y Santa María de Dulcis (Huesca), para lo cual presenta proyecto de ejecución. El proyecto se somete a información pública en "Boletín Oficial de la Provincia" de 28 de abril de 2008 y se da trasladó a todos los organismos afectados. Los informes de los organismos afectados son trasladados al promotor del proyecto el cual da su conformidad a los condicionados establecidos.

Segundo.- Con fecha 12 de enero de 2011, EDE, presenta el Estudio de impacto ambiental de la citada línea junto con un anexo al proyecto y vuelve a solicitar la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución del proyecto y del anexo. Se inicia el trámite de información pública del proyecto y anexo junto con el trámite de información y participación pública como parte integrante del procedimiento de evaluación de Impacto ambiental, publicándose en el "Boletín Oficial de Aragón", número 82, de 27 de abril de 2011, Heraldo de Aragón de 18 de mayo de 2011 y Diario del Alto Aragón de 18 de mayo de 2011 y se da traslado a todos los organismos y entidades afectadas. Los informes de los organismos afectados son trasladados al promotor del proyecto el cual da su conformidad a los condicionados establecidos. Durante el periodo de información pública presenta alegaciones SEO/BirdLife, las cuales se trasladan al órgano ambiental y son tenidas en cuenta en la Resolución del procedimiento ambiental.

Se reciben también alegaciones de Martine Rodrigues que manifiesta su disconformidad con el proyecto como propietaria de varias parcelas afectadas.

Con fecha 27 de julio de 2011, se remite el expediente completo al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental que emite Resolución de 24 de enero de 2012, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del Proyecto de línea aérea de alta tension 25kV "Enlace Huerta de Vero-Buera", en los términos municipales de Santa María de Dulcis, Adahuesca y Alquézar (Huesca) promovido por Endesa Distribución eléctrica S.L.U. (Expediente INAGA 500201/01/2011/7436).

Tercero.- Con fecha 5 y 7 de diciembre de 2017 EDE, presenta un nuevo proyecto para dar respuesta a los condicionados establecidos en la DIA y solicita su Autorización administrativa y aprobación de proyecto, así como solicita también la Declaración de Utilidad Pública del mismo. Se da traslado de proyecto a todos los organismos afectados. Los informes de los organismos afectados son trasladados al promotor del proyecto el cual da su conformidad a los condicionados establecidos.

Fundamentos juridicos

Primero.- El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico establece el régimen jurídico de las autorizaciones de instalaciones de transporte, distribución, producción y líneas directas, que es desarrollado por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo.- Las condiciones técnicas de seguridad de la instalación se establecen en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Examinado el presente expediente de autorización administrativa previa y de construcción, se realizan las siguientes consideraciones:

1. En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites de procedimiento establecidos en la normativa indicada en los fundamentos jurídicos.

2. El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaración de impacto ambiental favorable por parte del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en la que se establecen medidas preventivas, correctoras y el programa de vigilancia ambiental, para la alternativa seleccionada en las condiciones señaladas en dicha Resolución, que deberán ser cumplimentadas por el peticionario, quedando incorporadas a esta Resolución.

3. En el expediente constan los informes favorables o condicionados emitidos por las distintas administraciones, organismos y entidades afectadas, estableciendo, en su caso, los condicionados técnicos y la necesidad de solicitar las correspondientes autorizaciones ante dichos organismos, que deberán ser cumplimentadas por el peticionario.

4. De las alegaciones presentadas al proyecto hay que considerar que las presentadas por SEO/Birdlife han sido tenidas en cuenta en el procedimiento ambiental y respecto a las alegaciones presentadas por D.ª Martine Rodrigues señalar que el trazado del proyecto es técnicamente correcto y cumple con los requisitos y distancias de seguridad reglamentarias.

5. La instalación reflejada en el presente expediente se concreta en el siguiente documento técnico:

Proyecto de LAMT 25kV "enlace Huerta de Vero -Buera" en los TTMM de Santa María de Dulcis, Adahuesca y Alquézar suscrito por D. Cesar Gil de Orleans colegiado número 5540 por el Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la rama industrial y peritos industriales de Aragón. Visado número Viza 178422 de fecha 23 de noviembre de 2017.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, en aplicación de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y demás normativa de aplicación, este Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, resuelve:

Primero.- Otorgar a la mercantil Endesa Distribución Eléctrica S.L.U, autorización administrativa previa y de construcción de la instalación LAMT 25kV "enlace Huerta de Vero -Buera" en los TT.MM. de Santa María de Dulcis, Adahuesca y Alquézar, (Huesca), que se concreta en las siguientes instalaciones:

- La Línea Aérea M.T., de 25 kV "Enlace Huerta de Vero-Buera", con origen en apoyo existente número 77 de la LAMT "Castillazuelo-Huerta de vero" y final en apoyo número 5 Cti Existente Z07232, de 4,624 km. de longitud.Conductores: 47AL1/8-ST1A (LA-56), CCX47-AL1/8ST1A (LA-56 Recubierto), 94-AL1/22-ST1A (LA-110).Apoyos a instalar: 29

- La Línea Subterránea de M.T. punto de conexión el apoyo número 29 a instalar, de conversión aéreo-subterránea, hasta llegar al apoyo de conversión aéreo-subterránea número 5 CTI existente, "Elevación Aguas Buera (Z07232)", de 26 m. de longitud. conductor RH5Z1 18/30Kv 3X1X240 mm² Al.

Segundo.- La autorización administrativa previa y de construcción de la instalación se otorga con las condiciones especiales contendidas en el anexo I de la presente Resolución.

Tercero.- Esta autorización es otorgada sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial, las relativas a la ordenación del territorio, al urbanismo y al medio ambiente.

Cuarto.- La autorización administrativa previa y de construcción, lo será a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. La disponibilidad de los bienes y derechos afectados para la instalación deberán obtenerse por medios válidos en derecho, no siendo objeto de esta autorización.

Quinto.- La presente Resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y se notificará a los interesados.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa según lo previsto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del citado texto refundido y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huesca, 5 de noviembre de 2018.- La Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, Marta P. Rodríguez Vicente.

I Condicionado

La autorización administrativa previa y de construcción se concede con las condiciones especiales siguientes:

1. El plazo de ejecución del proyecto aprobado y presentación de la solicitud de puesta en marcha deberá ser de doce meses contados a partir de la fecha de notificación del inicio de las obras.

2. El titular dará cuenta del comienzo de los trabajos de ejecución de las instalaciones al Servicio Provincial del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que deberán iniciar antes del 11 de diciembre de 2020.

3. Se cumplirá con el condicionado establecido en la declaración de impacto ambiental emitida por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, (Resolución de 24 de enero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del Proyecto de línea aérea de alta tension 25kV "Enlace Huerta de Vero-Buera", en los términos municipales de Santa María de Dulcis, Adahuesca y Alquézar (Huesca) promovido por Endesa Distribución eléctrica S.L.U. (Número de Expediente INAGA 500201/01/2011/7436), así como el condicionado establecido por los organismos y entidades afectados, así como los que pudieran establecerse durante la ejecución de las obras por modificación o de las afecciones existentes o en su caso nuevas afecciones. Las modificaciones efectuadas con posterioridad a la emisión de los condicionados y que puedan afectar a los mismos deberán contar con el permiso o autorización del organismo afectado.

4. De acuerdo a lo previsto en los artículos 21.4 y 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 15 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, el incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta autorización o la variación sustancial de los presupuestos que han determinado su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado.

5. Una vez terminadas las obras, el titular solicitará al Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, la autorización de explotación, aportando el certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda, acompañando la documentación técnica necesaria que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en la normativa vigente, y aquella que sea requerida por la Sección de Energía del Servicio Provincial a los efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Explotación.